Colecta o recaudaciones publicas
Son actividades mediante las cuales organizaciones, instituciones o grupos autorizados solicitan aportes económicos o donaciones en especie a la ciudadanía, generalmente con fines benéficos, sociales, comunitarios, religiosos o humanitarios.
Estas actividades se realizan normalmente en vía pública, centros comerciales, semáforos, plazas, parques o eventos, y requieren control administrativo para garantizar la transparencia, la seguridad ciudadana y el uso adecuado de espacios públicos.
Las colectas pueden ser realizadas por:
-
Asociaciones civiles
-
Fundaciones
-
Iglesias
-
Cuerpos de socorro
-
Centros educativos
-
Grupos comunitarios organizados
-
Instituciones con fines sociales
Para efectuar una colecta en la vía pública, el solicitante debe gestionar la autorización correspondiente ante la Gobernación Departamental y la Municipalidad del municipio donde se realizará la actividad, según el alcance de la colecta y la normativa vigente.
El Decreto Gubernativo 2082 dispone que toda colecta o recaudación de fondos realizada por personas individuales, comisiones, asociaciones, juntas o comités particulares debe regirse y regularse conforme a la ley. Esto aplica cuando el propósito es la construcción, mejora o mantenimiento de obras materiales para uso, interés o beneficio colectivo, el apoyo a personas necesitadas o el fomento de actividades sociales. La autoridad responsable de autorizar dichas actividades es la Gobernación Departamental.
BASE LEGAL DECRETO NUMERO 2082
REQUISITOS
- Memorial o solicitud inicial
- Dependencia: Gobernación Departamental de Guatemala.
- Dirigido al Gobernador en funciones (Lic. Mauricio Roberto Benard Alvarado).
- Presentar solicitud con 8 días hábiles de anticipación.
- Datos generales
- Datos generales del representante legal y/o mandatario (adjuntar copia de DPI vigente y legalizado).
- Calidad con la que actúa (acompañar documentos que lo acrediten debidamente legalizados).
- Dirección, número de teléfono y procuración con la que actúa (Si aplica)
- Datos generales de la promoción
- Nombre de la colecta o recaudación.
- Periodo de la promoción (fecha de inicio y finalización día/ mes/ año).
- Objeto de la colecta o recaudación.
- Monto total de la promoción (en quetzales).
- Mecánica de la colecta o recaudación
- Desarrollo de la colecta o recaudación (debe explicar detalladamente).
- Cuentas bancarias a las que se hará el deposito de lo recaudado.
- Establecimientos a los cuales se podrá recibir las colectas o recaudaciones.
- Proponer la junta o comisión de personas honorables y reconocida solvencia, para que se encargue de la recaudación y el manejo de los fondos (adjuntar fotocopia legalizada de DPI)
- Previo a dar por concluido el expediente deberá:
- Presentar las cuentas de lo recaudado a través de informe de contabilidad y/o auditoria para su clasificación.
- Fotocopia de la publicación de los medios de comunicación escrita, del resultado final de los ingresos obtenidos en la colecta o recaudación.
- Presentar solicitud en folder manila, tamaño oficio con gancho.
NOTA: todo documento deberá ser firmado por el presentante legal, mandatario o abogado que lo auxilie.
DOCUMENTOS QUE DEBE ADJUNTAR CON LA SOLICITUD:
- Fotocopia legalizada de Documento Personal de Identificación DPI del solicitante
- Fotocopia legalizada de la Escritura Publica constitución de la entidad o
- Fotocopia legalizada de acta notarial de nombramiento
- Fotocopia legalizada de la razón de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.